ARTICULO
59.- Los ejercicios de la Asociación comprenderán
el periodo de un año, contados a partir del dia 30 del mes
de noviembre.
ARTICULO 60.- Todas las cuestiones que se presenten sobre la interpretación de los presentes Estatutos y los asuntos no previstos en los mismos asi como sobre los acuerdos de la Asamblea General seran resueltos por la Mesa Directiva.
ARTICULO
61.- La Asociacion podra adquirir o arrendar bienes
inmuebles y construir edificios para alojar sus oficinas y
cumplir con los objetivos que estos Estatutos le señalen.
ARTICULO 62.- Las modificaciones a estos estatutos serán propuestos por la propia Mesa Directiva o a petición escrita de diez o mas miembros de la Asociación. La Mesa Directiva enviará por escrito la o las propuestas a todos los miembros de la Asociacion con 15 dias hábiles de anticipación a la fecha de la Asamblea General en que vayan a discutirse dichas propuestas.
