ARTICULO 55.- La AMIP podrá dar reconocimientos de socios distinguidos, a sus miembros, para lo cual se seguirán los siguientes lineamientos:
I.- Se otorgará un reconocimiento anual.
II.- Los candidatos para recibir recibir el reconocimiento deberán ser propuestos por escrito a la Mesa Directiva por al menos tres socios activos de la AMIP, acompañando la solicitud con el Curriculum Vitae del socio propuesto y una exposición de motivos dando la razón por la cual se considere que la persona propuesta merece el reconocimiento.
III.- Las propuestas de candidatos
deberán de enviarse a la Mesa Directiva para su análisis del
1 de Enero al 31 Julio de cada año.
IV.- La Mesa Directiva analizarán
las propuestas y dictaminará sobre su procedencia. En caso
de que haya mas de un candidato, la Mesa Directiva determinará
al merecedor del reconocimiento. El dictamen se emitirá a
más tardar el día 15 de spetiembre.
V.- El reconocimiento consistirá
en un Diploma y una Medalla de Socio Distinguido, que se entregarán
en una ceremonia que se programe para tal efecto en Octubre
o Noviembre del año correspondiente.
ARTICULO
56.- La AMIP otorgará un premio anual al mejor trabajo
desarrollado por mexicanos en las disciplinas de la Ingeniería
Marítima, Portuaria y Costera, observando los lineamientos
siguientes:
I.- El Premio se podra otorgar
tanto a socios de la AMIP como a persona que no lo sean.
II.- La AMIP publicará en
un medio de circulacion nacional, la Convocatoria y las bases
correspondientes durante el mes de Enero de cada año.
III.- Los interesados en presentar trabajos deberan entregar un original en archivo electrónico y dos copias impresas, anexando un curriculo vital. La fecha de presentación será el 31 de mayo del mismo año.
IV.- El fallo del jurado Calificador
se dara a más tardar el día 1 de Agosto.
V.- Los trabajos de consurso podrán
ser:
- Tesis (de Licenciatura, Maestría o Doctorado)
- Artículos que hayan sido previamente publicados
- Libros, siempre y cuando no hayan sido publicados con financiamiento
del Fideicomiso que la AMIP tiene establecido para tal efecto.
- Otro trabajo que a juicio de la AMIP sea meritorio.
VI.- La Mesa Directiva en
funciones integrará el Jurado Calificador con tres socios
activos de la AMIP. El fallo sera inapelable.
VII.- El Premio consistirá
en un Diploma y una cantidad en efectivo, y serán entregados
en un evento convocado ex profeso.
VIII.- El Jurado Calificador podra otorgar dos menciones consistentes en un diploma.